Nuestras Ideas

Tenemos claro que es futuro es nuestro, pero el presente, el día a día en el que vivimos, también nos pertenece, y creemos que los jóvenes hemos de ser parte activa de ese presente del que también queremos y debemos ser protagonistas.

Nosotros

Creemos firmemente en la necesidad de la participación de los y las jóvenes, y que a través de esta participación se pueden cambiar a mejor la vida de los ciudadanos y ciudadanas. Pensamos que la sociedad no puede permitirse el lujo de prescindir de la contribución de la que es, sin lugar a dudas, la generación mejor preparada y formada de la historia de España.

UGT Y CC.OO

Tanto UGT como CC.OO apoyan y haran campaña a favor del SI a la Constitucion Europea por:

1.- La inclusión entre los valores y objetivos de la Unión, de la solidaridad y la igualdad, de la justicia social, el pleno empleo, la economía social de mercado, la igualdad de género y el desarrollo sostenible. (Artículos I.2; I.3 y I.4)
Estas regulaciones sociales, conjuntamente con la Parte II citada anteriormente, son importantes novedades del TCE. Su formulación como derechos fundamentales es coherente con el carácter constitucional que tiene el Tratado. Esta dimensión constitucional supone que la noción de ciudadanía de la Unión atribuye una condición de ciudadanos titulares de derechos a los nacionales de los estados miembros.
2.- El reconocimiento del papel de los interlocutores sociales y el apoyo al diálogo social, así como el establecimiento de la Cumbre Social Tripartita para el Crecimiento y el Empleo.
(Artículos I.48; II 87; III.211 y III.212)
En el TCE se consolidan las fórmulas de negociación y de Diálogo Social a escala comunitaria, otorgando un importante papel a las representaciones sindicales y empresariales que actúan en el ámbito europeo. Esta capacidad de negociación y de Diálogo Social, reivindicada por la CES en las diferentes Cumbres y reformas, contribuirá a un desarrollo más equilibrado del sistema europeo de relaciones laborales.
3.- La política social será explícitamente reconocida como una “competencia compartida” y no
sólo como una competencia “complementaria”. (Artículos I.14; III.209 y siguientes)
La Protección Social en el TCE prevé una actuación directa de regulación y también con aspectos de gestión, para la aplicación de los sistemas de protección social cuando se ejercitan derechos sociales con aplicación en el conjunto de la UE, como la libre circulación de trabajadores en el ámbito europeo.
4.- Se integran en la Constitución disposiciones relativas a las políticas horizontales sobre medio ambiente, protección de los consumidores, e integración de la dimensión de género, al igual que una cláusula social (Artículos III.117; III.220; III.233; III.234 y III.235)
La Unión reafirma su política de cohesión económica, social y territorial, y su acción encaminada a reducir las diferencias entre los niveles de desarrollo de las diversas regiones o islas menos favorecidas. La política de cohesión tiene atribuido un carácter horizontal al indicar el Tratado que las políticas comunes: medioambiente, consumidores, género... deben participar en la realización de los objetivos de la cohesión económica, social y territorial.

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